“Capítulo II - de los Cometidos del Colegio
Artículo 4

5) Establecer los deberes del médico para mantener actualizado su conocimiento. Este cometido no implica función de recertificación, pero sí una necesaria cooperación con los organismos encargados de atender la educación médica continua”.

Reglamentación de la Ley nº 18.591 -creación del Colegio Médico del Uruguay- Capítulo II – Artículo 4° – Numeral 5°

Fuente: Presidencia de la República


Informamos a los colegas que fruto del esfuerzo de la Lista 1, Colegio de Iguales, el Colegio Médico del Uruguay ha confirmado la clara ilegalidad de la recertificación médica tal como repetidamente lo señalara la Lista 1.

El informe jurídico elaborado por el Dr. Santiago Carnelli, asesor legal del Colegio Médico, es contundente al respecto: “Pero al CMU le está vedado, expresamente, recertificar la idoneidad profesional de cada médico en particular” -clic acá para acceder al informe jurídico completo-

Previo a este informe jurídico se envió al Consejo Nacional una carta por parte del Dr. San Vicente y otra por parte del Consejo Regional Montevideo -clic acá para acceder- analizando la explícita ilegalidad de la recertificación médica y los claros cometidos legales del Colegio Médico en un campo tan fundamental como la Educación Médica Continua.

En este sentido también se envió un comunicado al Colectivo Médico con el objetivo de informar a los colegas de la situación -Presione acá para acceder a la declaración de la Lista 1, Colegio de Iguales, “Cumplir con la Ley es respetar la voluntad del colectivo médico-

La Lista 1, Colegio de Iguales, ha realizado grandes esfuerzos para que la Ley se cumpla a cabalidad y en todos los casos propiciando la difusión del contenido de la Ley de Colegiación Médica y de su reglamentación.

Está es una noticia muy buena para el colectivo médico, ya que la “recertificación médica” ponía a los médicos, que tienen una de las carreras más difíciles y largas de la UDELAR, en inferioridad de condiciones con respecto a todas las demás profesiones. Incluso con profesiones del área de salud como ser tecnicaturas y licenciaturas que también tienen un alto grado de responsabilidad sobre la protección de la vida humana así como también lo tienen muchas otras profesiones no vinculadas al área salud –Por ejemplo un arquitecto al diseñar un puente, o un ingeniero civil al realizar los cálculos necesarios para su construcción, etc.-

Desde Lista 1, Colegio de Iguales, continuaremos nuestro firme compromiso en defensa del cumplimiento irrestricto de la Ley y del desarrollo y la potenciación de una Educación Médica Continua y un Desarrollo Profesional Médico Continuo gratuitos, dentro del horario laboral y amigables para el médico.